La pérdida de un ser querido es uno de los momentos más difíciles de la vida. A la carga emocional del duelo se añade, en muchas ocasiones, la necesidad de afrontar una serie de trámites legales que pueden resultar complejos. En este artículo ofrecemos una guía práctica sobre los primeros pasos que deben darse desde el punto de vista jurídico tras el fallecimiento de un familiar.
Obtener el certificado de defunción
El primer documento necesario es el certificado de defunción, que acredita oficialmente el fallecimiento. Lo expide el Registro Civil correspondiente al lugar del óbito. Las funerarias suelen encargarse de iniciarlo, pero los herederos deben obtener varias copias, ya que este certificado será requerido en numerosos trámites posteriores.
Solicitar el certificado de últimas voluntades
El certificado de últimas voluntades es fundamental en cualquier proceso hereditario. Lo expide el Registro General de Actos de Última Voluntad e indica si el fallecido otorgó testamento y, en su caso, ante qué notario. No puede solicitarse hasta que hayan transcurrido quince días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Si el certificado revela que no existe testamento, será necesario tramitar la declaración de herederos ab intestato.
Obtener copia del testamento
Si el fallecido había otorgado testamento, habrá que solicitar al notario autorizante una copia autorizada del mismo. Este documento es imprescindible para conocer la voluntad del causante y el reparto de sus bienes. En el ámbito del Derecho Civil Vasco, el testamento puede contener disposiciones específicas de la legislación foral, como el pacto sucesorio o la troncalidad, que requieren análisis especializado.
Inventariar los bienes y deudas del fallecido
Una vez identificados los herederos y conocida la voluntad del causante, es necesario realizar un inventario completo de los bienes, derechos y deudas que integran la herencia. Este inventario debe incluir bienes inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, inversiones, seguros de vida y cualquier otro activo, así como las deudas y cargas pendientes.
Los herederos pueden aceptar la herencia pura y simplemente, aceptarla a beneficio de inventario —respondiendo de las deudas únicamente hasta donde alcance el caudal hereditario— o repudiarla. Esta decisión tiene consecuencias legales y económicas importantes que conviene valorar cuidadosamente.
El plazo para pagar el impuesto de sucesiones en Bizkaia
En Bizkaia, el impuesto de sucesiones y donaciones debe liquidarse en el plazo de seis meses desde el fallecimiento. Este plazo puede prorrogarse mediante solicitud expresa por un período adicional de seis meses. El incumplimiento de este plazo genera recargos e intereses. La normativa foral de Bizkaia establece importantes bonificaciones para los herederos más próximos, como el cónyuge, los descendientes y los ascendientes.
Partición y adjudicación de la herencia
Cuando existe más de un heredero, es necesario proceder a la partición de la herencia, esto es, al reparto concreto de los bienes. Esta operación puede realizarse de mutuo acuerdo mediante escritura notarial, o acudiendo al procedimiento judicial de división de herencia si no existe acuerdo entre los herederos.
La importancia del asesoramiento jurídico
Afrontar una herencia sin el asesoramiento adecuado puede dar lugar a errores con consecuencias económicas y legales de gran alcance. En Muguerza Abogados le acompañamos en todo el proceso, desde la obtención de los primeros documentos hasta la inscripción final de los bienes a nombre de los herederos. Puede obtener más información en nuestra página de tramitación de herencias o contactarnos para una primera consulta sin compromiso.


